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| Video sexual de Pedrojota |
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Éxito de Periodista Digital
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| redacción prnoticias | 19/10/04 13:01 | ||
Nuestra felicitaciones para Periodista Digital que se ha anotado un nuevo triunfo al dar con lujo de detalles el Caso Pedrojota y los pormenores judiciales de los imputados en la grabación del video en que el director de EL MUNDO aparecía realizando actos sexuales poco convencionales.
Exuperancia Rapú, Rodríguez Menénedez, Goñi Tirapu, Patón y Sánchez-Cantalejo tratarán de que los magistrados rebajen sus penas de cárcel Elena de Regoyos, Periodista Digital (19/10/04, 07.49 horas)
La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo celebra hoy a las 10.30 horas en audiencia pública la vista del recurso de casación contra la sentencia del llamado "caso del vídeo sexual de Pedrojota Ramírez". La Sala, presidida por el Joaquín Delgado y compuesta por los magistrados Juan Saavedra, Julián Sánchez Melgar, Miguel Colmenero y Juan Ramón Berdugo, escuchará las alegaciones de los abogados de cada una de las partes partes en el proceso, tanto del director de El Mundo como los seis condenados a diferentes penas de cárcel por la grabación y difusión de un vídeo en que Pedrojota aparecía manteniendo relaciones sexuales con Exuperancia Rapú en 1997.
La Audiencia Provincial de Madrid, según la sentencia el 31 de julio de 2002, condenó, como responsables de un delito contra la intimidad ,a cuatro años de prisión a Exuperancia Rapú, José María González Sánchez-Cantalejo (la persona que grabó el vídeo escondido en un armario) y Angel Patón (asistente personal de Felipe González durante seis años en La Moncloa); a dos años de prisión a José Ramón Goñi Tirapu (ex gobernador civil de Guipúzcoa y estrecho colaborador de Barrionuevo, Corcuera y Vera), Emilio Rodríguez Menéndez (abogado y entonces editor del desaparecido diario 'Ya') y Javier Bleda (director del 'Ya' en 1997). Y absolvió al ex secretario de Estado para la Seguridad, Rafael Vera. Ni el director de El Mundo --considera que Vera fue el instigador del “video sexual”-- ni ninguno de los seis condenados quedaron satisfechos con la sentencia de la Audiencia Provincial, por lo recurrieron al Supremo, cuyos magistrados deberán decidir ahora si declaran la firmeza de la sentencia --lo más probable, según los expertos consultados por Periodista Digital--, por lo que Exuperancia Rapú y resto de condenados ingresarían en prisión, o por el contrario aceptan los argumentos de las partes y casan total o parcialmente la resolución modificando las penas o incluso condenando al ex secretario de Estado para la Seguridad. Rafael Vera.
El recurso de Pedrojota
Según declaró a Periodistadigital el procurador de Pedro J. Ramírez, José Luis Ferrer Recuero, en esta ocasión “los argumentos irán por donde ya fueron en la Audiencia Nacional”, lo que da a entender que se insistirá en la culpabilidad de Rafael Vera, a quien la Audiencia Provincial absolvió, y en la necesidad de endurecer las condenas de los seis implicados. Pedrojota no quedó "nada contento" con la absolución de Vera, según afirma su procurador, Ferrer Recuero, quien recuerda que el director de El Mundo acusaba al ex secretario de Estado para la Seguridad de ser el principal instigador del “vídeo sexual” “como venganza por la línea editorial de El Mundo” –en lo relativo a los GAL--, según el mismo Pedrojota declaró cuando conoció la sentencia hace dos años. No obstante, poco más se ha podido saber de los argumentos que esgrimirá el abogado de Pedro J., Luis Jordana de Poza, del bufete Cuatrecases, que permaneció desde el viernes pasado y todo el fin de semana en Londres, al igual que el director de El Mundo, y que pasó toda la jornada de ayer reunido con sus ayudantes “preparando la vista y con orden de que no se le pasen llamadas”, según fuentes de su despacho. El director de El Mundo rechazó las numerosas peticiones de Periodista Digital para ser entrevistado --ayer publicamos una entrevista con Exuperancia Rapú en la que contaba su versión del caso--, e incluso declinó hacer declaración alguna.
El recurso de Exuperancia
Alicia Moreno, la abogada de Exuperancia Rapú --mujer que aparece en el vídeo manteniendo relaciones sexuales con Pedro J. Ramírez--, considera que “la sentencia tendría que haber sido absolutoria para mi cliente”. Su recurso de casación se basa, por tanto, en la aplicación errónea que la sentencia de la Audiencia Provincial hace de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Constitución, afirmando contundente que “el artículo 197 del Código Penal (del descubrimiento y revelación de secretos) está mal aplicado y los hechos juzgados en particular no constituyen ese delito”.
Además, la letrada declara que hay numerosos errores de forma que tuvieron lugar en el juicio anterior, como “la denegación de pruebas –cintas con conversaciones de Exuperancia-- que le dejaron en la indefensión, la denegación de preguntas durante el juicio que hubieran aclarado mejor el caso o errores en el interrogatorio que se le hizo, ya que se le acortó su testimonio, impidiendo exponer claramente lo ocurrido”. Según la abogada, “lo más habitual es que los recursos de casación se desestimen”, y pese a asegurar que son conscientes de las dificultades, se trata de un delito –de vulneración de la intimidad y revelación de secretos-- cuya inclusión en el Código Penal es muy reciente –desde 1995-, por lo que no existe jurisprudencia asentada al respecto y los magistrados del Tribunal Supremo carecen de casos similares en los que apoyarse. Siguientes pasos
Una vez expuestos los argumentos de cada una de las partes en la vista a celebrar hoy, los cinco magistrados del Tribunal Supremo encargados del caso deberán dictar sentencia en 20 días, plazo que no suele cumplirse. Dicha sentencia no da lugar a un nuevo juicio, sino que en ella directamente se dice si la han admitido o no, y qué han decidido los magistrados al respecto, como, por ejemplo, revocar la sentencia anterior y dictar una absolutoria, ampliar la condena de un acusado, condenar a algún imputado que haya sido absuelto o rebajar o incrementar una multa. Si aún así las diferentes partes no quedan satisfechas, podrían contemplar la posibilidad de interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Por otro lado, según la abogada de Exuperancia Rapú, “si la sentencia dicta que hay un quebrantamiento formal –ella considera que lo hay- podría celebrarse un nuevo juicio” en la Audiencia Provincial y con nuevos magistrados. Vea también:
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