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| Fallo de Defensa de la Competencia contra la AGEDI |
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A3 y T5, juntos contra el dominio de los productores fonográficos.
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| redacción prnoticias | 06/04/05 11:45 | ||
Defensa de la Competencia ha abierto un expediente sancionador a la Asociación de Productores Fonográficos (AGEDI) por abuso de posición de dominio en sus cobros a A3 y Telecinco. Las cadenas privadas consideran que los precios que les impone este organismo por la utilización de discos en sus emisiones son excesivos, responden a un monopolio y son proporcionalmente más bajos que los cobrados a TVE. Competencia considera que este sistema de cobros unilateral vulnera la legislación local y las normas de la Unión Europea.
Defensa de la Competencia ha abierto un expediente sancionador a la Asociación de Productores Fonográficos (AGEDI) por abuso de posición de dominio en los cobros a A3 y Telecinco. Las cadenas privadas consideran que los precios que les impone este organismo por la utilización de discos en sus emisiones son excesivos, responden a un monopolio y son proporcionalmente más bajos que los cobrados a TVE. Competencia considera que este sistema de cobros unilateral vulnera la legislación local y las normas de la Unión Europea. Mediante un comunicado, Telecinco y Antena 3 TV se mostraron satisfechas por la resolución del Servicio de Defensa de la Competencia al abrir un expediente sancionador a la Asociación de Productores Fonográficos. En su Resolución de fecha 31 de marzo de 2005, este organismo considera a AGEDI responsable de abuso de posición de dominio y de discriminación contra las cadenas, al cobrar a TVE precios más bajos que a Antena 3 y Telecinco (entre 7 y diez veces menos). La AGEDI (Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales), recauda y gestiona el los derechos comerciales de la utilización de discos y videoclips. Su repertorio está compuesto por el repertorio de los productores discográficos. Es la única entidad autorizada para gestionar estos derechos. Al igual que el resto de las entidades de gestión (SGAE, AISGE AIE, DAMA, etc.), AGEDI determina sus tarifas de forma unilateral, sin ningún tipo de filtro o visto bueno por parte de ninguna autoridad administrativa. Según Antena 3 y Telecinco, el carácter monopolista de cada entidad y el hecho de que fijen de forma totalmente unilateral sus tarifas otorgan a estas entidades una posición de dominio en sus respectivos ámbitos de actuación comercial, posición de la que muchas hacen un uso abusivo, al imponer sus tarifas o, como mínimo, sus criterios tarifarios. “Así ha ocurrido con AGEDI, cuyas tarifas consisten en un porcentaje de los ingresos de explotación de los operadores de televisión, exigidas con independencia del uso que se haga del repertorio discográfico gestionado”, según señalan las cadenas privadas. En este contexto, la pretensión principal de Antena 3 y Telecinco ha consistido en la introducción de criterios de proporcionalidad, en función de la utilización real del repertorio efectuada por cada usuario. Después de las apelaciones de Antena 3 y Telecinco por este sistema de cobro, el Servicio de Defensa de la Competencia entiende que AGEDI, establece unilateralmente y exige una remuneración no equitativa, basada en los ingresos del operador de televisión, al tiempo que se niega a negociar y acordar con los usuarios de sus fonogramas un sistema que relacione la cuantía de la remuneración con la utilización que el usuario haga de sus fonogramas. El Servicio de Defensa de la Competencia entiende que el sistema de remuneración por utilización real del repertorio, propuesto por Antena 3 y Telecinco, es el más adecuado ya que es menos perjudicial para la competencia, dado que permite controlar mejor sus costes al optimizar el uso de los mismos y no a costes referenciados a sus ingresos de explotación. Además de que respeta mejor el principio de proporcionalidad, que exige al gestor de los derechos (AGEDI) elegir el sistema de remuneración menos lesivo para la competencia. Finalmente, Competencia considera a AGEDI responsable de la vulneración de las normas de competencia establecidas en el Tratado de la UE y de la Ley de Defensa de la Competencia, y entiende que AGEDI ha ocasionado una desventaja competitiva a Antena 3 y Telecinco, al reclamarles cantidades abusivas y discriminatorias respecto de las exigidas a TVE por los mismos conceptos.
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Defensa de la Competencia ha abierto un expediente sancionador a la Asociación de Productores Fonográficos (AGEDI) por abuso de posición de dominio en sus cobros a A3 y Telecinco. Las cadenas privadas consideran que los precios que les impone este organismo por la utilización de discos en sus emisiones son excesivos, responden a un monopolio y son proporcionalmente más bajos que los cobrados a TVE. Competencia considera que este sistema de cobros unilateral vulnera la legislación local y las normas de la Unión Europea.